Los mantenedores de piscinas deberán acreditar su certificado profesional para trabajar
El Gobierno de España ya ha aprobado por ley que a partir del 2 de enero de 2026 todos los mantenedores de piscinas deberán estar en disposición del certificado profesional de mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas para poder ejercer legalmente esta actividad en nuestro país. Este certificado está promovido por la Asociación Española de Profesionales del Sector Piscina (Asofap).
La obligatoriedad del certificado profesional da respuesta a una demanda sectorial histórica, que los profesionales habían hecho reiteradamente a Asofap en los últimos años, con el objetivo de prestigiar esta profesión y combatir el intrusismo. Este hito logrado por la patronal ha tenido el apoyo unánime de los sindicatos y de la administración pública, que rápidamente apoyó la iniciativa. Así, en este nuevo escenario, cualquier contrato laboral para tareas de mantenimiento de piscinas realizado en el marco del convenio colectivo estatal de mantenimiento y conservación de instalaciones acuáticas, solo será válido si el trabajador dispone de dicho certificado profesional.
Igualmente, la administración pública y los administradores de fincas prevén requerir en las licitaciones y contratos prueba de que los profesionales que ejercerán el mantenimiento de las piscinas poseen dicho certificado En el ámbito de las piscinas residenciales esta obligación no es menor. Y desde la patronal se pone énfasis en ello, en tanto que algunos profesionales han considerado que los privados particulares no tendrán en cuenta esta cuestión en la contratación de un profesional para mantenerles la piscina. Desde Asofap se reconoce que los particulares pueden tener mayor laxitud sobre este requisito, pero advierte de que ello es un enorme riesgo legal para la empresa mantenedora.
El motivo es que la obligación legal recae en el profesional y no en el particular. De esta forma, si un particular contrata los servicios de un autónomo o de una empresa cuyo técnico no dispone del certificado profesional, y ocurre algún incidente con la piscina, el titular ganará cualquier demanda legal que interponga, en tanto que el profesional habrá ofertado y realizado unos servicios con fraude de ley. Dependiendo de la incidencia que ocurra, la pena para el profesional puede llegar a ser penal.

Ante la importancia de que los profesionales del sector gestionen adecuadamente este asunto, Asofap lleva meses trabajando con las comunidades autónomas para asegurar que disponen de los recursos suficientes para acreditar los profesionales. Especialmente por la vía de la acreditación competencial, que es el camino que seguirán los profesionales en activo. La patronal incluso ha acordado procesos de certificación masivos, para que los miembros de la patronal puedan acreditarse más fácilmente, cumpliendo igualmente todos los requisitos legales profesionales.
Así mismo, Asofap ha promovido la existencia de asesores y evaluadores en las diferentes comunidades autónomas para poder atender todos los expedientes que vayan llegando. A partir de las últimas reuniones de la patronal con las comunidades autónomas, actualmente varios profesionales ya se han acreditado y otros han presentado la solicitud, pero todavía quedan muchos que ni tan siquiera lo han solicitado. Considerando que el proceso dura unos 5 meses si toda la documentación se presenta satisfactoriamente, Asofap hace semanas que pide a los profesionales que presenten sus solicitudes lo antes posible. También porque hay un acuerdo para que este proceso sea gratuito para los profesionales en 2025. Pero no es seguro que sea así en 2026. Actualmente, no hay fondos públicos asignados para ello.
Por todo ello, desde Asofap “aconsejamos a los profesionales mantenedores que hagan sus solicitudes lo antes posible. Desde la patronal hemos realizado decenas de sesiones informativas sobre este asunto y hemos implementado dos pilotos de acreditación. Ahora el protagonismo es únicamente de los profesionales”.

